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En qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos

En qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos

El arrendatario tiene derecho a la adquisición preferente del inmueble que ocupa, tanto si es en arrendamientos de vivienda como de uso distinto a vivienda en determinadas condiciones. Es lo que se llama derecho de tanteo y retracto. A continuación explicamos brevemente en qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos, para que puedas ejercitar tus derechos.

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Índice

  1. Derecho de Tanteo
  2. Derecho de Retracto
  3. Garantía del inquilino
  4. Excepciones
  5. Renuncia

Derecho de Tanteo

El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo o lo que es lo mismo, realizar una oferta de compra sobre la finca arrendada en un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente en que se le notifique el propietario en forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás condiciones esenciales de la venta.

Derecho de Retracto

Consiste en que, cuando no se le hubiese hecho la notificación al inquilino en forma fehaciente de la decisión de vender la finca arrendada, con información sobre el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión o se hubiese omitido en ella cualquiera de los requisitos o cuando resultase inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones esenciales, el inquilino tendrá 30 días naturales para realizar una oferta de compra, contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá hacer el nuevo propietario al arrendatario de las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fuere formalizada.

Garantía del inquilino

Para asegurar estos derechos, existe la obligación de inscribir en el Registro de la Propiedad los títulos de venta de viviendas arrendadas justificando que han tenido lugar las notificaciones al arrendatario.

Excepciones

No habrá lugar a los derechos de tanteo o retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

Renuncia

Podrá pactarse la renuncia a los derechos de tanteo y retracto del arrendatario en contratos de duración pactada superior a 5 años.

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16 comentarios
marly
los depósitos y la fianza sirve para garantizar los retraso del alquiler cuando no se puede pagar?
ALFONSO ALVAREZ ELBAL
Mi casera nos ha comunicado la intención de no querer renovar el contrato de alquiler porque piensa poner el piso en venta. El precio nos ha comunicado de forma verbal me parece una barbaridad y en principio hemos optado por cambiarnos a otro alquiler. Quisiera saber cómo puedo ejercer mi derecho de retracto, si ya abandonando la propiedad otra persona hiciera una oferta menor del precio que nos han ofertado a nosotros.

Gracias y un saludo
Noe castillo Flores
Si un copropietario ejerce su derecho de tanto, solo para despojar al comprador y finalmente no compra el inmueble se considera fraude?
Francisco Jiménez
Buenos días. Necesito hacer la siguiente consulta: Soy heredero mayoritario de un local que originalmente ocupa una superficie de 100 m2, en su día fue comprado por 3 vecinos del de la urbanización, disponiendo cada uno de ellos de 30,37m2, 39,26m2 y 30,37m2 adquiridos por titulo de cesión según consta en la nota simple del Registro de la Propiedad. El primero que se describe es el mio, me ha salido un comprador con el que ya he pactado las condiciones de venta. Mi pregunta es: Estoy obligado a comunicarle a mis colindantes mis intenciones de venta, incluyendo, precio, condiciones, etc.? Si así fuera, cual es el plazo legal para que me den una respuesta? Que medio debo utilizar para la mencionada comunicación, burofax, e-mail ....? A la espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.
JUAN CARLOS MUÑOZ DOMINGUEZ
Hola buenas queria comprar varias fincas rusticas a un precio razonable en donde yo ya tengo una finca rustica de 310metros cuadrados y dos de esas fincas indas con las mías y las otras fincas que quiero comprar son de menos de una hectarea.Queria saber si existe alguna manera para antes de iniciar la compra haya alguna otra persona que vaya a salir al retracto de ellas y si hay algún documento con formato para poder hacer renunciar a las personas que tienen las fincas lindando y que no tienen intención de comprar ni salir a retracto. Gracias
VICTORIA
Por favor, Me gustaria saber si al renunciar al derecho de tanteo y retracto perjudica en algo los derechos del arrendatario, muchas gracias por la ayuda.
Luis Muñoz
Hola, mis padres han pactado a través de un contrato de compra venta, la venta de una finca rustica, y el comprador les hizo entrega de un cheque por importe de 6000 € con una penalización similar en caso de incumplimiento del contrato. Tal venta mis padres mi hicieron ponerme al frente de negociarla hace 10 días y a la vez mis espaldas y sin consultarme hicieron el mencionado contrato de compraventa sin yo tener ningún conocimiento. La cuestión es que yo quería permutar la finca a vender por otras 2 en concreto que lindan con otra propiedad de mis padres pero el comprador parece ser que no es capaz de hacerse con los derechos de venta de una de ellas y ha aprovechado a hacer el contrato de compraventa por una maniobra inconsciente de mis padres ( que tiene edades algo avanzadas 83 y 81 años respectivamente ). Tal decision de venta, no la comparto y al enterarme hoy de la misma he llevado a mi madre a la oficina de la empresa compradora y me ha puesto el mencionado contrato de compraventa diciendo que si no se cumple tomaran las acciones legales oportunas a lo que yo les he respondido que ejerceré el derecho de retracto si se llega ha hacer la venta. la cuestión es que mañana mismo por la mañana tenemos que ir a la Notaria a ver si se firma la venta o no, no obstante yo sospecho que el comprador ya ha comenzado a hacer obras en la finca todavía propiedad de mis padres y mañana mismo de madrugada voy a ir a ver si han comenzado estas obras sin tener la escritura firmada. Me gustaría me aconsejasen lo que tengo que hacer mañana en la Notaria ( si obtengo respuesta a tiempo- antes de las 10:30 h am ) y en caso de no tener esta info que debo de hacer seguidamente de firmar escrituras. Cabe recordar que la parte compradora me ha ofrecido hacer la permuta inicial que yo había apalabrado pero solo de una de las dos fincas que hable desde el primer momento, pacto que por supuesto no he aceptado. Que debo hacer en caso de que los compradores ya hayan iniciado obras en la finca todavía de mis padres? Que debo hacer y como para ejercer el derecho de retracto?
RAUL ESPARZA
DESEO VENDER UN EDIFICIO EN EL D.F QUE LO OCUPAN 5 INQUILINOS CON DISTINTAS SUPERFICIES C/U ESTA REGISTRADO EN SEDUVI COMO COMERCIOS Y DESPACHOS MIS COMPRADORES ME PIDEN LA NOTIFICACION SOBRE DERECHO DE TANTO PERO EN SU ARTICULO SOBRE EXCEPCIONES AL PARECER ESTO NO APLICARIA ¿ES CORRECTO?
Manuel
Tengo una finca rústica de 9925 m.2, linda con una finca de 9000 m.2 y otra de 7000. m2 ambas de dueños distintos. Quiero vender mi finca a otra persona y quiero saber, si tienen derecho de tanteo. Y en el caso de que la venda sin ofrecerles tal derecho. Que tiempo tienen para reclamar. ¿Sería posible contestasen a mi correo independientemente de que lo hagan en esta página.? Gracias.
Patricia B
y que pasa si el propietario no me ha avisado de la venta ( yo que tengo el derecho de tanteo) y me entero que otra persona ha ejercitado el derecho de opción via escrituta pública, y por si fuera poco el nuevo propietario ha concedido el usufructo a otra persona. que derechos tengo? puedo reclamar? la venta se volvería atrás? o me pasaría a mi con el usufructo?
Luis
¿Hay que firmar el derecho de tanteo entre el arrendatario y los propietarios? Y además si el arrendatario es también propietario.
Luis
¿Hace falta firmar entre los propietarios y el comprador para que éste tenga derecho de tanteo?
Eduardo
Mi padre vende una finca sin contar con mi opinion ¿puedo yo recuperarla despues de efectuada esta venta?
Vanesa
Vivo en un piso de proteccion oficial, y el anteriro propietario vendio la totalidad de los pisos a otra empresa, supongo que pasado el tiempo prudencial por lo de la aportacion de capital del estado que ellos perciven por la construccion de las viviendas el caso es que no nos comunicaron el hecho de que venderian el edifico con todas las viviendas, a otra empresa pero si nos comunicaron al cabo de unos meses que la habian vendido. Nuestro contrato pone que teniamosderecho a la comra en caso de venta pero no se nos comunico, ademas de que a pesar de ser un piso de proteccion oficial yo pago el IBI cosa que no entiendo porque, pero esto es como todo somos como borregos seguimos el redil sin preguntarnos si tenemos derechos y encima establecen periodos infimos para poder decir algo. y actualmente ahora en menos de un año nos comunican que para renovar el contrato tenemos que abonar mas dinero al deposito que nos pidieron , nos suben el alquiler y tenemos que contratar un seguro de viviendo, porque tengo que asegurar el continente si el piso no es mio, ellos deberian asumir ese coste. tengo claro que nos engañan constantemente y que el desconocimiento de las leyes nos lleva a situaciones como esta. Como voy yo a reclamar en un mes si nisiquiera conozco mis derechos es un tanto injusto no existe nada mas algo, que se pueda hacer, para impedir que unos cuantoss e hagan millonarios a costa de otros. Y todo esto seguro, jugando con fondos del estado, es paradojico.
Juan
Es obligatorio inscribir la venta en el Registro de la propiedad? ¿si no lo es cuando se ejerce el derecho de retracto?
Joan
Muy interesante, pero os pongo un caso mas complicado. Podria el inquilino ejercer el derecho de retracto cuando el propietario lo que ha vendido son varios inmuebles?. Me explico, serian dos casas inscritas como un unico inmueble, un local en la misma poblacion, otras casas en otro municipio, y otros pisos de otro edificio en otro municipio. No se ofrece el tanteo, y la parte compradora indica que no se tiene derecho a retracto porque se vende la totalidad de un inmueble a un mismo propietario, peroa ley recoge la totalidad de un unico inmueble, cuando son varios inmuebles los que vende, se tiene el derecho a retracto?
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